¿Cómo puedo ser un ciudadano naturalizado?
Si usted no es ciudadano de los EE.UU. por nacimiento o por no adquirir la ciudadanía de EE.UU. de forma automática después de su nacimiento, usted todavía puede ser elegible para convertirse en ciudadano a través del proceso normal de naturalización. La gente que tiene 18 años y más edad, use la aplicación para la naturalización a la ciudadanía. Las personas que adquirieron la ciudadanía de su padre (s), mientras que menores de 18 años de edad, utilizar la Solicitud de Certificado de Ciudadanía para documentar su naturalización. Los niños adoptados que adquirieron la ciudadanía de su padre (s) de utilizar la Solicitud de Certificado de Ciudadanía en nombre de un niño adoptado para documentar su naturalización.
¿Cuáles son los requisitos para la naturalización?
Generales para naturalizarse Requisitos:
Edad: Los solicitantes deben tener al menos 18 años de edad. Póngase en contacto con la oficina de la ley para obtener información sobre los solicitantes que sean menores de 18 años de edad.
Residencia
El solicitante debe haber sido admitido legalmente en los Estados Unidos para la residencia permanente. Legalmente admitido para residencia permanente significa haber sido legalmente el privilegio de residir permanentemente en los Estados Unidos como un inmigrante de acuerdo con las leyes de inmigración. Las personas que han sido admitidos legalmente como residentes permanentes se les pedirá que producir una I-551, Tarjeta de Registro de Extranjeros, como prueba de su estado.
Residencia y Presencia Física
Un solicitante es elegible para presentar, si, inmediatamente antes de la presentación de la solicitud, él o ella:
a) Ha sido legalmente admitido para residencia permanente (ver sección anterior);
b) Ha residido continuamente como un residente permanente legal en los EE.UU. por lo menos 5 años antes de presentar, sin ninguna ausencia individual de Estados Unidos de más de un año;
c) ha estado presente físicamente en los Estados Unidos durante al menos 30 meses de los últimos cinco años (las ausencias de más de seis meses pero menos de un año se interrumpen la continuidad de la de residencia del solicitante salvo que el solicitante pueda demostrar que él o ella hizo no abandonar su residencia durante dicho período)
d) ha residido en un estado o distrito durante por lo menos tres meses
e) es de buen carácter moral
En general, el solicitante debe demostrar que él o ella ha sido una persona de buen carácter moral por el plazo estatutario (normalmente cinco años o tres años si su cónyuge es ciudadano de EE.UU. o de un año para acelerar las Fuerzas Armadas) antes de solicitar la naturalización. El servicio no se limita al plazo legal para determinar si un solicitante ha establecido un buen carácter moral. El solicitante está prohibido permanentemente de la naturalización si él o ella ha sido declarado culpable de asesinato. Los solicitantes también se les permite adquirir la naturalización si él o ella ha sido condenado por una felonía agravada como se define en la sección 101 (a) (43) de la Ley a partir del 29 de noviembre 1990. Una persona tampoco puede ser encontrado para ser una persona de buen carácter moral si durante los últimos cinco años, él o ella:
a) ha cometido y ha sido declarado culpable de uno o más delitos de vileza moral
b) se ha comprometido y ha sido condenado de 2 o más delitos por los que la pena total impuesta fue de 5 años o más
c) se ha comprometido y ha sido condenado de cualquier ley de sustancias controladas, a excepción de un único delito de posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana
d) se ha limitado a una institución penal durante el período legal, como resultado de una condena, por un período total de 180 días o más
e) se ha comprometido y ha sido condenado por dos o más delitos de juego
f) es o se ha ganado su ingreso principal de los juegos de azar ilegales
g) es o ha estado involucrado en la prostitución o vicio comercializado
h) está o ha estado involucrado en el tráfico de extranjeros ilegales en Estados Unidos
i) es o ha sido un tomador habitual
j) se practica o ha practicado la poligamia
k) se ha abstenido deliberadamente o se negó a apoyar a los dependientes
l) ha dado falso testimonio, bajo juramento, con el fin de recibir un beneficio bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
El solicitante debe revelar todos los hechos relevantes para el Servicio, incluyendo su historial criminal completo, independientemente de si los antecedentes penales del solicitante no es elegible en virtud de las disposiciones enumeradas.
El apego a la Constitución
El solicitante debe demostrar que él o ella está unida a los principios de la Constitución de los Estados Unidos.
Lengua
Los solicitantes de la naturalización debe ser capaz de leer, escribir, hablar y entender las palabras de uso común en el idioma Inglés. Los solicitantes exentos de este requisito son los que en la fecha de presentación:
a) han estado residiendo en los Estados Unidos con posterioridad a su admisión legal para la residencia permanente por un periodo de 15 años o más y tiene más de 55 años de edad;
b) hayan estado residiendo en los Estados Unidos con posterioridad a su admisión legal para la residencia permanente por un periodo de 20 años o más y son más de 50 años de edad, o
c) tener un impedimento físico o mental, donde el deterioro afecta a la capacidad del solicitante para aprender Inglés.
Gobierno de Estados Unidos y el conocimiento de la historia
El solicitante de naturalización debe demostrar conocimiento y comprensión de los fundamentos de la historia y de los principios y forma de gobierno de los Estados Unidos. Los solicitantes exentos de este requisito son aquellos que, en la fecha de presentación, tiene un impedimento físico o mental, donde el deterioro afecta a la capacidad del solicitante para aprender historia de los EE.UU. y de Gobierno
Los solicitantes que hayan sido residentes en la posterior EE.UU. a una admisión legal para residencia permanente por lo menos 20 años y tiene más de 65 años se les dará condsideration especial en satisfacer este requisito.
Juramento a la Bandera
Para convertirse en ciudadano, hay que tomar el juramento de fidelidad. Al hacerlo, el solicitante jura:
a) apoyar la Constitución y obedecer las leyes de los EE.UU.;
b) renunciar a cualquier lealtad y / o título extranjero, y
c) tomar las armas para las Fuerzas Armadas de los EE.UU. o prestar servicios para el gobierno de los EE.UU. cuando sea necesario.
En ciertos casos, cuando el solicitante establece que él o ella se opone a cualquier tipo de servicio en las fuerzas armadas sobre la base de la enseñanza religiosa o de creencias, el BCIS le permitirá a dichos solicitantes a tomar un juramento modificado.




















































